Justicia y Ley

Por: Redacción Tecatepress 08 de Abril, 2026

En una decisión histórica de 6 votos contra 3, la SCJN establece que el bloqueo de cuentas es una medida administrativa cautelar necesaria contra el lavado de dinero, eliminando la barrera del control judicial previo.

Pleno de la SCJN durante la votación

MÁXIMA TENSIÓN JUDICIAL: El momento en que los ministros de la Corte sellaron el nuevo destino de la seguridad financiera en México.

Foto: Captura de Sesión / Tecate Press

El Bloqueo como Medida Preventiva

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) tiene la facultad plena para congelar cuentas bancarias ante indicios de ilícitos nacionales, sin requerir una orden judicial previa o una solicitud internacional. La mayoría de los ministros coincidió en que esta acción es una medida de "molestia" temporal y administrativa, no una sanción penal definitiva.

La Voz del Pleno: Argumentos de los Ministros

A Favor

Hugo Aguilar Ortiz — Ministro Presidente

"Afirmó que la resolución fortalece el combate al lavado de dinero y elimina obstáculos procesales como la obligatoriedad de una petición extranjera para actuar en el ámbito nacional."

A Favor

Loretta Ortiz Ahlf — Ministra Ponente

"Sostuvo que el bloqueo no vulnera la presunción de inocencia ni el derecho a la propiedad, ya que es una medida de 'molestia' temporal que no sustituye las investigaciones criminales del Ministerio Público."

A Favor

Lenia Batres Guadarrama

"Defendió que la UIF debe tener autonomía para actuar ante indicios de ilícitos nacionales, apartándose de criterios de integraciones anteriores de la Corte que limitaban esta facultad."

A Favor

Irving Espinosa Betanzo

"Argumentó que la medida no es arbitraria porque la UIF debe acreditar un 'cuadro indiciario suficiente' basado en la relación de distintos hechos y operaciones atípicas."

A Favor

María Estela Ríos González

"Expuso que la actual ley ya garantiza el derecho de audiencia y establece procedimientos administrativos claros para que los afectados puedan ejercer su defensa tras el bloqueo."

A Favor

Sara Irene Herrerías Guerra

"Se sumó a la mayoría resaltando la naturaleza preventiva de la norma para evitar que recursos de procedencia ilícita sigan circulando durante las investigaciones."

En Contra

Yasmín Esquivel Mossa

"Calificó la determinación como una 'medida grave' y un posible 'acto autoritario' que sacrifica la seguridad jurídica bajo la premisa de que 'el fin justifica los medios'."

En Contra

Giovanni Azael Figueroa Mejía

"Advirtió que se impone una práctica penal sin las garantías del proceso penal, privando a las personas de sus recursos de forma indefinida y basándose en criterios ambiguos como 'indicios suficientes'."

En Contra

Arístides Rodrigo Guerrero García

"Expresó preocupación por la vulneración a la seguridad jurídica y señaló que la resolución genera una distorsión en el sistema jurídico nacional."

Comentarios de Juristas Destacados

Titular de la UIF

Omar Reyes Colmenares

Aseguró que la medida no tiene fines políticos y solo se aplica contra el crimen organizado. Afirmó que "quienes cumplen la ley pueden estar tranquilos", pues el bloqueo requiere reportes bancarios previos o solicitudes del Ministerio Público.

Jurista y Legisladora

Kenia López Rabadán

Denunció que el fallo permite un "terrorismo político", otorgando a la UIF un poder discrecional que puede ser utilizado para presionar a ciudadanos o empresas mediante el ahogo económico.

Analista Jurídico

Miguel Carbonell

Ha señalado que el debate es vital para la democracia, pero advierte que la eliminación de "murallas jurídicas" (como el control judicial previo) enciende alertas sobre la certidumbre y la desprotección del ciudadano frente al poder del Estado.

Ministro en Retiro

José Ramón Cossío Díaz

Advirtió que este tipo de resoluciones debilitan el juicio de amparo, el cual debería ser el "último muro de defensa" del ciudadano ante actos arbitrarios de la autoridad administrativa.

Sector Profesional

Especialistas del IMCP

Alertaron sobre la falta de parámetros objetivos en la ley para definir qué constituye un "indicio suficiente", lo que deja la aplicación de la medida al arbitrio de la autoridad financiera.

Con esta determinación, la UIF recupera un poder que había sido acotado por integraciones anteriores de la Corte, marcando un nuevo paradigma en la persecución de delitos financieros en México, eliminando la barrera judicial preventiva para el bloqueo de capitales sospechosos.